RECINTOS DE COMBUSTIBLES. AMPLIACION DE LA ACREDITACIÓN DE AUDITORÍAS Y/O CERTIFICADOS DE SEGURIDAD

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Tanque contenedor

La semana pasada se publicó en el B.O. la Resolución 63/2020 del Ministerio de Energía. Dicha norma amplía el plazo de la acreditación de auditorías de seguridad en instalaciones reguladas por las Resoluciones Nros. 349/1993, 419/1993, 404/1994, 419/1998, 1.102/2004, 785/2005, 1.097/2015, todas de la ex Secretaria de Energía, y la Disposición N° 76 /1997 de la ex Subsecretaria de Combustibles, y sus modificatorias y complementarias, a fin de evitar que se venzan las habilitaciones en los registros que se encuentran bajo la órbita de la Subsecretaría de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía.

Esta medida surge debido a la imposibilidad de realizar las auditorías de seguridad y ambientales correspondientes ya que las Empresas Auditoras de Seguridad y Universidades Nacionales encargadas de llevar a cabo las diversas auditorías y certificaciones exigidas por la Secretaría de Energía no se encuentran contempladas dentro del listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia por la pandemia COVID-19.

Para más información adjuntamos el link de la norma: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/228281/20200427


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