PROGRAMA NACIONAL DE ETIQUETADO DE VIVIENDAS. APRUEBA PROCEDIMIENTOS

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Resolución 418/2023
Secretaría de Energía

Publicación B.O.: 24/05/2023

Ciudad de Buenos Aires, 22 de Mayo de 2023
VISTO:
El Expediente N° EX-2023-40728398-APN-SE#MEC, el Decreto N° 140 de fecha 21 de diciembre de 2007 y la Resolución N° 5 de fecha 6 de enero del 2023 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA, y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 140 de fecha 21 de diciembre de 2007 se declaró de interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de la energía y se aprobaron los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA (PRONUREE), destinado a contribuir y mejorar la eficiencia energética de los distintos sectores consumidores de energía.
Que por el Artículo 3° del Decreto N° 140/07 se instruyó a la SECRETARIA DE ENERGIA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a implementar el PRONUREE sobre la base de los lineamientos aprobados en el referido decreto, el que debe contemplar, entre otras acciones, la promoción del uso racional y eficiente de la energía a través de la concientización de la población y del desarrollo de campañas de difusión.
Que en el Apartado 2.9 del Anexo I del Decreto N° 140/07 se dispusieron las medidas a implementar en el mediano y largo plazo para las viviendas nuevas o en uso, entre las cuales se previó iniciar las gestiones conducentes para el diseño de un sistema de certificación energética de viviendas y establecer índices máximos de consumo, tanto de energía eléctrica como de energía térmica.
Que el 12 de octubre de 2016 se conformó la Mesa de Trabajo Nacional "Sistema de Calificación y Certificación Energética de Edificios destinados a Vivienda", la cual estableció los criterios técnicos y procedimientos básicos para el desarrollo e implementación de un sistema de calificación de eficiencia energética de inmuebles destinados a vivienda, de alcance a todo el territorio nacional, de manera conjunta entre la ex SUBSECRETARIA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGETICA de la ex SECRETARIA DE PLANEAMIENTO ENERGETICO ESTRATEGICO del ex MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, la ex SECRETARIA DE ESTADO DE LA ENERGIA de la Provincia de SANTA FE, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, el INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, y el INSTITUTO DE ENERGIA Y DESARROLLO SUSTENTABLE perteneciente a la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA.
Que el 17 de mayo de 2018 se firmó el Convenio Complementario entre el ex MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA y la ex SECRETARIA DE ESTADO DE LA ENERGIA de la Provincia de SANTA FE (CONVE-2018-23661104-APN-DGDO#MEM), con el objetivo de establecer una cooperación técnica entre las partes para el desarrollo de un aplicativo informático para la calificación de eficiencia energética de viviendas de alcance nacional, tomando como base el desarrollado originalmente por la Provincia de SANTA FE, la elaboración de material escrito y multimedia para dar soporte al sistema, y el dictado de cursos de formación de certificadores.
Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 6 de enero del 2023 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA, se creó el Programa Nacional de Etiquetado de Viviendas (PRONEV), con el objetivo general de implementar un sistema de etiquetado de eficiencia energética de vivienda unificado para todo el territorio nacional, que permita clasificarlas según su grado de eficiencia en el requerimiento global de energía primaria, mediante una etiqueta de eficiencia energética.
Que, por el Artículo 2° de la mencionada norma, se creó el Aplicativo Informático Nacional de Etiquetado de Viviendas, diseñado para realizar la carga de datos de una vivienda y emitir la Etiqueta de Eficiencia Energética, el cual funciona bajo la órbita de la Dirección Nacional de Generación Eléctrica de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA de la SECRETARIA DE ENERGIA.
Que, asimismo, por el Artículo 4° de la citada resolución se Invitó a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a celebrar convenios con la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA para la implementación del PRONEV, destinado a promover la eficiencia energética en todo el territorio nacional, y a fin de que puedan utilizar el Aplicativo Informático Nacional de Etiquetado de Viviendas para sus planificaciones urbanas y brindarles referencia para los estándares mínimos en sus Códigos de Edificación.
Que, mediante el Informe Técnico N° IF-2023-48382790-APN-DNGE#MEC de fecha 28 de abril de 2023, la citada Dirección Nacional expuso la necesidad de contar con un Procedimiento del PRONEV y un Modelo de Convenio de adhesión a ser suscripto por la Subsecretaría de Energía Eléctrica y las Provincias / Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como de la Creación de un Registro Nacional de Etiquetado de Vivienda.
Que la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención que le compete.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades que surgen de lo dispuesto por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGIA
RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébase el Procedimiento del Programa Nacional de Etiquetado de Viviendas que como Anexo I (IF-2023-51917607-APN-DNGE#MEC) forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 2°.- Créase el Registro Nacional del Programa Nacional de Etiquetado de Viviendas, en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA, que como Anexo II (IF-2023-51918635-APN-DNGE#MEC) forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 3°.- Apruébase el Modelo de Convenio de adhesión a ser suscripto por la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA y las Provincias / Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de PRONEV que, como Anexo III (IF-2023-51918056-APN-DNGE#MEC), forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Flavia Gabriela Royón

ANEXO I

ANEXO II