CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES. SE PROHIBIÓ LA PRODUCCIÓN, IMPORTACIÓN, FORMULACIÓN, COMERCIO Y USO
En la publicación del Boletín Oficial del 28 de noviembre del 2019, a través de la Resolución 451/2019, se prohibió la producción, importación, formulación, comercio y uso de los productos químicos alcanzados por el CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES, ya sea como sustancias puras o presentes en mezclas o formulaciones.
Entre los aspectos más importantes de esta norma se establece que los productos químicos prohibidos y los residuos contaminados con éstos, deberán ser gestionados como residuos peligrosos y que toda persona humana o jurídica que se encuentre en posesión de los mismos deberá declarar su tenencia ante el organismo correspondiente.
La presente resolución empezará a regir el 26/02/2020.
Para saber cuáles son los productos prohibidos y las excepciones a las disposiciones exigidas los invitamos a leer la norma completa:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/222134/20191128
1153319009
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